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Renovación de Inscripción Padronal

Renovación de Inscripción Padronal

Padrón de Habitantes y Censo Electoral
Descripción
  • Tramitar la renovación periódica (cada dos años) de la inscripción padronal de aquellos habitantes extranjeros sin autorización de residencia permanente, que tengan próxima la caducidad de su inscripción padronal. El cómputo del plazo señalado se determina desde que el habitante se dio de alta en el Padrón de Habitantes del municipio o desde que tramitó su última renovación expresa.
  • La renovación puede llevar aparejado un cambio de domicilio, así como la actualización de otros datos personales.

¿Quién lo puede solicitar?

Persona que solicita la Renovación de la Inscripción Padronal, en nombre propio, o para un representado.

Documentación a aportar
  • Instancia de Solicitud debidamente cumplimentada.
  • Documento, en vigor, que acredite la identidad de la persona que desea renovar la Inscripción (NIE, Pasaporte, Tarjeta de residencia, Libro de Familia, ...)
  • Si la solicitud la formula el representante legal del solicitante, deberá presentar, además, su DNI o Documento Oficial identificativo, junto con documento de representación.
  • Para justificación del cambio de domicilio:
    • Si es titular de la vivienda:
      - Escritura de propiedad de la vivienda, contrato de arrendamiento, o contrato de suministro de un servicio de la vivienda (agua, gas, electricidad, teléfono, etc,...)
    • Si no es titular de la vivienda:
      - Formulario, debidamente cumplimentado, de declaración de autorización firmado por el titular del citado domicilio y documento que acredite la posesión efectiva de la vivienda (propiedad, alquiler¿) del declarante.
    • En el caso de ser vivienda colectiva:
      - Declaración firmada por el Responsable de la misma.
    Medios de contacto
    • Presencial: Dependencias Municipales en Plaza España 1, Servicio de Atención al Ciudadano (SAC)
    • Telefónico: 926 52 88 00
    • Correo electrónico: padron@aytotomelloso.es
    • Internet
    Lugar de entrega
    • Ayuntamiento (Presencial)
    • A través de cualquiera de los medios recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Precio y forma de pago

    Trámite sin coste para el Interesado.

    Normativa
  • Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
  • Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
  • Resolución de 15 de diciembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 2 de diciembre de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se modifica la de 17 de febrero de 2020, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del Padrón municipal.
  • Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se modifica la de 17 de febrero de 2020, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del Padrón municipal.
  • Dictámenes del Consejo de Empadronamiento
  • ¿Quién tramita la solicitud?

    Departamento de Secretaría

    Forma de iniciación

    A petición del interesado

    Requisitos
    • Ser extranjero no comunitario sin autorización de residencia permanente y figurar empadronado en el municipio de Tomelloso.
    • Presentación de la documentación exigida.

    Organismo resolutor

    Resolución de Alcaldía

    Efectos del silencio administrativo

    Estimatorios

    Fin de la vía administrativa

    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Recursos
  • Reposición ante Alcaldía (plazo: 1 mes)
  • Contencioso Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real (plazo: 2 meses)
  • Cualquier otro que el interesado estime conveniente a su derecho
  • Observaciones
    Más información

    Departamentos y Órganos Intervinientes:

    Secretaría

    • Servicio de Atención al Ciudadano
    • Secretaría General y Estadística

    Alcaldía

    Plazo Máximo para Resolver y Notificar:

    • 3 meses (Artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Fases de la Tramitación:

    • Se compone de cuatro Fases:
      1. Iniciación
      2. Ordenación
      3. Instrucción
      4. Finalización: Resolución , Desistimiento

    Actos que contiene cada Fase:

    • Informe de Policía Local (si se considera necesario)
    • Resolución

    Modelos Normalizados:

    • Solicitud de renovación de la inscripción padronal para extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia de larga duración
    • vease, si procede, el trámite "Modificacion de la Inscripción Padronal por Cambio de Domicilio"
    Publicado el
    22/4/2024
    1/3/2023
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