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Expedientes de Solicitud de licencia para actividades (y en su caso, para realizacion de obras de edificación ó adecuación del establecimiento)

Expedientes de Solicitud de licencia para actividades (y en su caso, para realizacion de obras de edificación ó adecuación del establecimiento)

Urbanismo y Obras
Descripción

Evitar que las instalaciones, establecimientos, industrias, almacenes y/o actividades, que por alguna norma queden sometidas al régimen de licencia previa, produzcan incomodidades, alteren las condiciones normales de salubridad e higiene del medio ambiente y ocasionen daños a las riquezas pública o privada o impliquen riesgos graves a personas o bienes.

¿Quién lo puede solicitar?
  • Solicitante: La persona física o jurídica que va a desarrollar la actividad.
  • Destinatario: El Ayuntamiento, los servicios que deben ejercer control sobre el normal funcionamiento de la actividad, el titular que comunica el inicio de su ejercicio.

Documentación a aportar

Identificación del titular, identificación del emplazamiento conteniendo referencia catastral, descripción descriptiva y gráfica de la actividad, en su caso, descripción de las obras de adaptación del local, y justificante de haber realizado los pagos de las correspondientes tasas e impuestos.

Medios de contacto
  • Presencial: Dependencias Municipales en Plaza España nº 1, Oficina Municipal de Servicio de Atención al Ciudadano (SAC), Planta Baja del Ayuntamiento de Tomelloso
  • Telefónico: 926 52 88 01 Ext 1210
  • Fax: 926 51 27 94
  • Correo electrónico: obras@aytotomelloso.es
  • Internet

Lugar de entrega

La solicitud y documentación adjunta, se presentará por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Precio y forma de pago
  • Forma: Autoliquidación mediante modelo que se tiene en el Departamento de Gestión Tributaria.
  • Plazo: Debe acreditarse el pago de tasa por licencia de apertura (y por tramitación de licencia de obra, si procede) mediante copia del justificante que se acompañará a la solicitud de licencia. El I.C.I.O., en su caso, deberá abonarse en el plazo de un mes contado a partir de la notificación del acuerdo de concesión de licencia de obra e instalación.

Normativa
  • Respecto a la obligación de obtener licencia:
    o La Ley 7/2011, de 21 de marzo, de Espectáculos y Actividades Recreativas de Castilla-La Mancha (artículo 7, apartados 2 y 5).
    o Ley 16/2002 de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
    o Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
    o Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
  • Respecto a la tramitación:
    o Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (que ha sido modificada por diversas normas).
    o Decreto 34/2011, de 26/04/2011, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
  • Respecto a las condiciones de los locales, la normativa es muy amplia (Ley Accesibilidad, Código Técnico de la Edificación, Plan de Ordenación Urbana, Ordenanza de protección del Medio Ambiente¿).

¿Quién tramita la solicitud?

Area de Servicios al Territorio

Forma de iniciación

A petición del interesado

Requisitos
  • Identificación del Titular de la actividad.
  • Informe técnico firmado por técnico competente, o proyecto técnico, según proceda, en el que se describa la actividad, maquinaria a utilizar, y sistemas correctores. Si conlleva obras dicha documentación deberá contener además, descripción de las obras, presupuesto y datos del constructor.
  • Pago de tasa establecida por la correspondiente ordenanza fiscal (de actividad). Si se precisan obras justificante de pago de tasa por tramitación de expediente de licencia de obra mayor o menor, según proceda.
  • Pago de tasa del I.C.I.O., que se abonará cuando se conceda la licencia de obras e instalaciones.

Organismo resolutor

Resolución de Alcaldía

Efectos del silencio administrativo

Estimatorios

Fin de la vía administrativa

La resolución pone fin a la vía administrativa

Recursos

Si la resolución de alcaldía o de la Junta de Gobierno fuese denegatoria, el solicitante podrá interponer potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, o recurso contencioso administrativo que podrá presentarse en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, y se indicará a dicho titular que, no obstante, podrá utilizar cualquier otro que estime conveniente a su derecho.

Observaciones

Sería recomendable recoger en una Ordenanza, lo relacionado con la tramitación de los expedientes y ampliar el plazo a 6 meses

Más información

Departamentos y Órganos Intervinientes:

  • Servicio de Atención al Ciudadano (Registro General del Ayuntamiento)
  • Alcaldía
  • Gestión Tributaria y Patrimonio (pago de tasa/s)
  • Servicios al Territorio (Servicios Técnicos de Urbanismo)
  • Servicios al Territorio (Servicios Técnicos de Medio Ambiente)
  • Servicio Oficial de Salud Pública.
  • Servicio Contra Incendios y Salvamento

Plazo Máximo para Resolver y Notificar:

  • El plazo máximo para la resolución sobre las solicitudes será determinado en las Ordenanzas Municipales, pero en ningún caso podrá superar el plazo de 6 meses. En defecto de previsión expresa en las correspondientes Ordenanzas Municipales el plazo de resolución del expediente del otorgamiento de licencia será de 3 meses. (artº 169. 3, del Decreto Legislativo 1/2010, de 18/05/2010, por el que se aprueba el texto refundido de la L.O.T.A.U., modificado por el apartado once del artículo 7 de la Ley 1/2013, 21 marzo).

Fases de la Tramitación:

  • Incoación: Petición de licencia firmada por el titular de la actividad.
  • Instrucción:
    - Revisión de la documentación descriptiva de la actividad para comprobar que prevén el cumplimiento de las condiciones que sean exigibles.
    - Comprobación, una vez realizada la instalación, de la adopción de las medidas correctoras y cumplimiento de las normas que sean exigibles.
  • Resolución: Decreto de Alcaldía poniendo fin al expediente de revisión y notificación al interesado.

Actos que contiene cada Fase:

  • Incoación:
    - Registro de entrada de la comunicación del titular de la actividad.
    - Comprobación de la documentación presentada (ver si contiene los datos necesarios, en su caso verificación de la capacidad de representación, comprobación de pago de tasa¿). En caso de falta de datos: requerimiento de subsanación y mejora de solicitud.
    - Providencia de Alcaldía, acusando el recibo de la comunicación presentada, y ordenando el inicio del expediente de comprobación.
  • Instrucción:
    - Solicitud de informes a: Servicios Técnicos de Urbanismo; de Medio Ambiente; de Salud Pública (si procede); y Contra incendios y Salvamento, para que verifiquen que la documentación contiene las previsiones y medidas que sean exigibles, y después, una vez autorizadas las obras, emisión de informes sobre adopción de medidas correctoras.
    - Recepción de informes y, en su caso, requerimiento de subsanación de deficiencias, y unión al expediente de los informes de comprobación.
    - Concesión de licencia para la obra e instalación (mediante Decreto o acuerdo de Junta de Gobierno, dependiendo de si precisan obras y de su naturaleza).
    - Comunicación del interesado informando la terminación de la obra.
    - Solicitud de informes para que los técnicos que han intervenido en el expediente adveren que en la ejecución de las obras e instalaciones se han llevado a cabo las medidas correctoras exigibles.
    - Recepción de informes y, en su caso, requerimiento de subsanación de deficiencias, y unión al expediente de los informes de comprobación.
    - Informe jurídico proponiendo la terminación del expediente de revisión.
  • Terminación:
    - Decreto de Alcaldía poniendo fin al expediente de revisión de las condiciones del establecimiento (o de la Junta de Gobierno, si la licencia urbanística precisa realización de obra mayor).
    - Notificación de la resolución de Alcaldía.
    - Archivo del expediente.

Modelos Normalizados:

  • Solicitud de licencia previa para implantación de actividad
  • Solicitud de licencia previa en el ámbito de actividades sometidas a licencia previa según la Ley 7/2011

Publicado el
7/2/2024
11/7/2023
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