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Ayudas para Transporte Escolar

Ayudas para Transporte Escolar

Educación
Descripción

Ayuda para el transporte urbano para alumnado matriculado en cualquier centro de secundaria de Tomelloso.

¿Quién lo puede solicitar?

Padre, madre o tutor; o el propio alumno si es mayor de edad.

Documentación a aportar
  • DNI/NIE de ambos progenitores.
  • Fotocopia del Libro de Familia completo o documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar. Si los miembros de la unidad familiar que figuran en la solicitud no fueran los mismos que constan en la citada documentación, deberá justificarse documentalmente la diferencia (sentencia de separación o divorcio y convenio regulador donde conste la custodia del menor, certificado de defunción o cualquier otro documento como prueba de la situación familiar, en el caso de que no exista sentencia por estar en trámite el procedimiento, se adjuntará un certificado acreditativo de la demanda de separación o divorcio sellada por el Juzgado). Cuando se trate de padres sin vínculo matrimonial entre los que no haya convivencia, se comprobará de oficio por parte del servicio instructor en el empadronamiento.
  • Declaración responsable de los padres según modelo adjunto.
  • Certificado de estar matriculado/a en un centro de secundaria de Tomelloso.
  • En caso de no estar obligado a realizar declaración del IRPF deberá presentar toda aquella documentación que acredite los ingresos familiares durante el ejercicio correspondiente.

Medios de contacto
  • Presencial: Dependencias Municipales en el Centro Municipal de Juventud C/ Soria, 80, Departamento de Servicios Educativos, Juventud e Infancia del Ayuntamiento de Tomelloso
  • Telefónico: 926 52 88 01 Ext 1470
  • Correo electrónico: educacion@aytotomelloso.es
  • Internet

Lugar de entrega

Ayuntamiento (Presencial)

Precio y forma de pago

A los beneficiarios se les hace entrega de vales descuento canjeables por recargas del bono-bus.

Normativa
  • Bases reguladoras para la concesión de ayudas de transporte escolar curso correspondiente.
  • En todo lo no previsto en las presentes bases reguladoras será de aplicación la Ley de Bases de Ejecución del Presupuesto General de este Ayuntamiento para el año correspondiente, la Ley 30/92 RJAPPAC y la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

¿Quién tramita la solicitud?

Departamento de Servicios Educativos, Juventud e Infancia

Forma de iniciación

A petición del interesado

Requisitos
  • Estar matriculado en Educación Secundaria, tanto en niveles obligatorios como en post-obligatorios, en cualquier centro de Tomelloso.
  • La unidad familiar ha de estar empadronada en la fecha de publicación en la convocatoria.
  • No estar incurso en ninguna de las circunstancias que prohíben tener la condición de beneficiario, previstas en el párrafo 2º del artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como no tener deudas tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Tomelloso.
  • No superar el umbral de renta establecido en la convocatoria.
  • Residir a más de 1.500 metros del centro docente.

Organismo resolutor

Resolución de Alcaldía

Efectos del silencio administrativo

No tiene

Fin de la vía administrativa

La resolución pone fin a la vía administrativa

Recursos

Potestativo de reposición previo al contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo.

Observaciones

El beneficiario debe abonar la fianza de la tarjeta bono-bus.

Más información

Departamentos y Órganos Intervinientes:

  • Servicio de Atención al Ciudadano
  • Servicios Educativos, Juventud e Infancia
  • Tesorería y Recaudación
  • Secretaría General y Estadística
  • Comisión Informativa de Educación, Cultura, Festejos, Juventud y Turismo
  • Secretaría
  • Alcaldía

Plazo Máximo para Resolver y Notificar:

  • En las Bases Reguladoras se estipula un período de 6 meses.
    El silencio administrativo se entiende denegatorio.

Fases de la Tramitación:

  • Previamente, las bases fiscalizadas y consignadas son dictaminadas por la Comisión de Educación y aprobadas por Decreto de Alcaldía.
  • La primera fase corresponde al registro de los datos, comprobación de la documentación aportada, comprobación de datos (empadronamiento, estar al corriente con obligaciones tributarias, nivel de renta familiar) y baremación para generar un Listado provisional de beneficiarios.
  • Tras la aprobación del listado provisional por la Comisión de Educación, Cultura, Festejos, Juventud y Turismo se notifica a través de publicación en tablón de anuncios y se abre un período de alegaciones.
  • Finalizado el plazo de alegaciones se procede a revisar las alegaciones presentadas y la documentación aportada, para elaborar el listado definitivo de beneficiarios, que previo dictamen de la Comisión de Educación, Cultura, Festejos, Juventud y Turismo lo aprueba Alcaldía mediante Decreto.
  • Una vez publicado el listado definitivo se hace entrega en dos plazos de los vales descuento para su uso por los beneficiarios

Actos que contiene cada Fase:

  • Creación de la base de datos.
  • Comprobación de documentación; verificación y comprobación de datos.
  • Elaboración de listado provisional.
  • Dictamen de la Comisión Informativa.
  • Publicación del listado provisional y apertura del período de alegaciones.
  • Comprobación de documentación, verificación y comprobación de alegaciones.
  • Elaboración del listado definitivo.
  • Dictamen de la Comisión Informativa.
  • Decreto de Alcaldía aprobando la lista definitiva.
  • Publicación del listado definitivo.
  • Entrega de los vales descuento.

Modelos Normalizados:

  • Solicitud de Ayuda para Transporte Escolar

Publicado el
13/11/2023
19/5/2016
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